El Gobierno estaría dispuesto a prolongar los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTEs) hasta finales de enero de 2021. Así se ha presentado en el encuentro que se ha mantenido este lunes entre el Gobierno, sindicatos y patronal, que se ha cerrado sin acuerdo y con discrepancias entre las partes y al que se dará continuidad este martes.
En estas negociaciones se trabaja con un borrador que pretende convertirse en definitivo a lo largo de esta semana. En el mismo nos vamos a detener en las siguientes líneas, con la intención de avanzar los principales que están sobre la mesa.
En el último borrador presentado este lunes se pone fin al contador a cero, lo que supone que los ERTE pasarían a computar de cara a la prestación del paro, pese a las reivindicaciones de las organizaciones sindicales. Por su parte, la patronal habría presionado para que se elimine el veto a despedir.
Gobierno, sindicatos y patronal se han emplazado durante el encuentro celebrado este lunes a llevar propuestas de exoneraciones en las próximas reuniones, las cuales tendrán lugar a lo largo de esta semana. En el encuentro del pasado jueves se pusieron «las cartas sobre la mesa» respecto a la estructura de los futuros ERTE y un calendario de reuniones «muy exigente» que conllevaría reuniones todos los días esta semana, con el fin de cerrar un acuerdo «cuanto antes».
Borrador de Trabajo
El borrador que se ha debatido este lunes proponía prorrogar automáticamente los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) hasta el 31 de diciembre de este año y limitar los de fuerza mayor a empresas de una serie de actividades económicas especialmente afectadas y a negocios que dependan de estas, al tiempo que mantener la prohibición de despedido objetivo por el Covid tras los ERTE hasta final de año.
En concreto, el borrador de Trabajo al que accedió Europa Press establecía que permanecerá vigente, hasta el 31 de diciembre de 2020, el artículo 2 del real decreto-ley 9/2020, de 27 de marzo. En el mismo, el Ejecutivo fijó que la fuerza mayor y las causas económicas, técnicas, organizativas y de producción en las que se amparan las medidas de suspensión de contratos y reducción de jornada «no se podrán entender como justificativas de la extinción del contrato de trabajo ni del despido».
Como consecuencia, quedaron vetados los despidos objetivos con una indemnización de 20 días por año trabajo debidos al Covid-19, pasando a considerarse despidos improcedentes, cuya indemnización alcanza los 33 días por año, o nulos.
A su vez, el borrador de Trabajo también extendía hasta el 31 de diciembre la interrupción del cómputo de los contratos temporales, tanto de la duración de estos contratos, como de los periodos de referencia equivalentes al periodo suspendido, en cada una de estas modalidades contractuales afectadas por el Covid.
En paralelo, se amplía el derecho de adaptación y/o reducción de la jornada para el cuidado de menores, aparejado a reducción salarial, el conocido como ‘Plan Me Cuida‘.
Trabajo proponía en el borrador remitido la semana pasada ampliar los ERTE hasta el 31 de diciembre de este año y que se consideren empresas especialmente afectadas por la pandemia aquellas cuya actividad se recoja en la norma, pendientes de concretar, así como aquellas cuyo negocio dependa en su mayoría de empresas incluidas en los mismos o que formen parte de la cadena de valor de estas.